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Definición del Aguinaldo

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El aguinaldo navideño es el derecho en virtud del cual se realiza un pago extraordinario de un sueldo al trabajador en diciembre para afrontar gastos de las fiestas navideñas. En Bolivia se estableció con la Ley de 18 de diciembre de 1944 y desde 2013 se paga dos aguinaldos (Decreto Supremo Nº 1802) uno hasta el 20 de diciembre y el otro hasta el 28 de febrero.



La Ley General de Trabajo de Bolivia, en su artículo 57 menciona el aguinaldo de Navidad como el pago anual por un servicio mayor a tres meses. En Argentina se le conoce como “sueldo anual complementario”.
El aguinaldo es un derecho a la percepción anual de la dozava parte del total percibido durante el año o del período que en el curso de éste hayan trabajado (Ley de Contrato de Trabajo artículo 122). El monto es la dozava parte del total percibido en el año calendario.
Entonces, el derecho al aguinaldo de fin de año, en la actualidad es considerado no solo por nuestra doctrina y legislación sino por la de casi todo el mundo, como un sueldo o salario anual complementario, mismo que como remarqué líneas arriba se constituye en un derecho adquirido que todo patrono ya sea persona natural (empleador individual) o jurídica privada (empresa unipersonal, comercial o civil, en cualquiera de sus formas societarias), y de derecho público (Instituciones Públicas), tienen la obligación de pagar a sus empleados y obreros hasta el 25 de diciembre de cada año.



Derecho adquirido que valga la aclaración no se lo puede perder ni siquiera incurriendo en cualquiera de las causales de despido establecidas en el 16 de la Ley General del Trabajo y artículo 9 de su Decreto Reglamentario, por ser el aguinaldo considerado como un salario diferido generado día a día por la contra-prestación directa del trabajo efectuado.

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